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Para ser socio activo será necesario solicitar la calidad de tal y reunir los siguientes requisitos: Ser de nacionalidad española o descendiente de español por consanguinidad en toda la línea recta. Estas calidades deberán ser acreditadas mediante la documentación legal correspondiente. El cónyuge de española o de descendiente de español por consanguinidad en toda la línea recta, y los socios cooperadores con más de quince años en la Institución, podrán postular como socios activos, reservándose en tales casos el Directorio el derecho de aceptarlo en dicha calidad. Haber cumplido a lo menos dieciocho años de edad. No haber sido expulsado anteriormente del Centro Español de Concepción o de otras Instituciones españolas. Gozar, en opinión del Directorio, de reputación intachable. Se presume de derecho que no cumple este requisito quién haya sido condenado en causa criminal por crimen o simple delito. La solicitud de socio activo se presentará en formularios especiales proporcionados por la propia Institución, en que se hará constar, fundamentalmente, los datos personales del solicitante y la declaración expresa de conocer y comprometerse a cumplir fielmente los estatutos y reglamentos de la Corporación.


CATEGORÍA DE SOCIOS


Socio Activo

Los requisitos para ser un socio activo del Centro Español de Concepción son: Ser de nacionalidad española o descendiente de español por consanguinidad en toda línea recta. Estas calidades deben ser acreditadas mediante la documentación legal correspondiente. El cónyuge de española o de descendiente de español por consanguinidad en toda línea recta, y los socios cooperadores con más de quince años en la Institución podrán postular como socios activos, reservándose en tales casos el Directorio, el derecho de aceptarlos en dicha calidad; Haber cumplido a lo menos dieciocho años de edad; No haber sido expulsado anteriormente del Centro Español de Concepción o de otras instituciones españolas; y, Gozar, en opinión del Directorio, de reputación intachable. Se presume de derecho que no cumple este requisito quien haya sido condenado en causa criminal por crimen o simple delito. La solicitud de socio activo se presentará en formularios especiales proporcionados por la propia institución, en que se hará constar, fundamentalmente, los datos personales del solicitante y la declaración expresa de conocer y comprometerse a cumplir fielmente los estatutos y reglamentos de la Corporación.

Socio Honorario:

Son socios honorarios los que, siendo o no miembros de la Corporación, sean designados en tal calidad por la junta general de socios, a proposición del Directorio o de un grupo de socios con derecho a sufragio que constituya, a lo menos, el veinticinco por ciento de los mismos, por haber prestado grandes e importantes servicios al Centro Español de Concepción a la colectividad española residente. El Embajador de España en Chile y el Cónsul de España en Concepción serán considerados socios honorarios de la Institución. Los socios honorarios tendrán los mismos derechos que los socios activos, estarán exentos de todo pago de cuotas sociales y, en general, de las obligaciones económicas que para los socios activos y cooperadores se establecen en los estatutos.

Socio Privilegiado:

Serán socios privilegiados, aquellos socios activos que habiendo pertenecido a la institución durante cuarenta años, a lo menos, y encontrándose al día en el pago de sus cuotas sociales, obtengan la calidad de tales, por acuerdo del Directorio, con el voto favorable de, a lo menos, los dos tercios de sus integrantes. Tendrán igual trato los socios que pertenezcan a otras instituciones españolas de Chile y que estén e paso por Concepción.

Socio Cooperador:

Para ser socio cooperador deberá cumplirse con todas las normas del artículo precedente, salvo lo relativo a la exigencia de nacionalidad española o descendencia de la misma. Los socios cooperadores no tendrán derecho a participar en las juntas generales de socio, ni ser elegidos para cargos directivos.

Socio Estudiante:

Para ser socio estudiante, es necesario que la persona sea hijo de algún socio activo del Centro Español de Concepción y que, además, éste tenga cancelada sus cuotas sociales al día. Para postular a la categoría de socio estudiante, el joven debe tener más de 18 años y menos de 25, además es necesario que presente un Certificado de Alumno Regular al momento de hacer los trámite.

Para ser Socio Estudiante:

-Ser hijos de socios activos, honorarios o privilegiados.

-Tener entre 18 y 25 años de edad.

-Presentar certificado de alumno regular.

-No cancela cuota de incorporación, solo el trimestre correspondiente.

-Ser presentado por dos socios activos con sus cuotas al día.

Para ser Socio Cooperador:

Debe cumplir con todas las normas del socio activo, salvo lo relativo a las exigencias de nacionalidad española o descendencia de la misma. Los socios cooperadores no tendrán derecho a participar en las juntas generales de socios, ni ser elegidos para cargos directivos.

  • Tipo de Socio
  • Socio Activo
  • Socio Honorario
  • Socio Privilegiado
  • Socio Cooperador
  • Socio Estudiante
  • Cuota incorporación
  • $ 200.000.-
  • Exentos del pago
  • Exentos del pago
  • $ 550.000.-
  • Exentos del pago
  • Cuota trimestral
  • $ 30.000.-
  • Exentos del pago
  • Exentos del pago
  • $ 36.000.-
  • $ 10.000.-